El intendente Leonardo Raimundo promulgó una ordenanza que, por iniciativa del concejal Gustavo Oggero, fue aprobada por el Concejo Municipal. Hasta el momento este dispositivo de protección sólo era exigible en comercios, oficinas de atención al público, oficinas de organismos públicos, entidades financieras, transporte público de pasajeros y actividades de entregas a domicilio.
El intendente Leonardo Raimundo promulgó una ordenanza aprobada por el Concejo Municipal que establece la obligatoriedad del uso de cubre boca-nariz o de barbijos caseros no quirúrgicos para circular por la vía pública y desplazarse en vehículos. El proyecto fue presentado por el edil Gustavo Oggero, en el marco de la emergencia sanitaria por coronavirus.
“La utilización de tapabocas o barbijos por parte de toda la población es una medida eficiente a fin de disminuir la libre circulación viral, especialmente proveniente de aquellas personas que se encuentren cursando la enfermedad Covid-19 de forma asintomática”, fundamenta la normativa.
Además establece que su fabricación debe ser casera con elementos lavables y reutilizables, así como que el incumplimiento de la ordenanza será pasible de sanciones económicas.
Cabe recordar que por ordenanza local y decreto provincial hasta el momento sólo era exigible en comercios, oficinas de atención al público, oficinas de organismos públicos, entidades financieras, transporte público de pasajeros y actividades de entregas a domicilio.